Empleadas domésticas: los 8 cambios clave que trae la reforma laboral
El periodo de prueba, las indemnizaciones y la actualización de deudas, entre las modificaciones más destacadas.
Luego de que la Cámara de Diputados aprobara el proyecto oficialista de la Reforma Laboral, se introducirán modificaciones relevantes en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, que regula a las empleadas domésticas.
La nueva norma mantiene la autonomía del régimen y ratifica que la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) no se aplica de manera directa, salvo en los puntos expresamente habilitados. Sin embargo, el esquema redefine aspectos sensibles como el período de prueba, las indemnizaciones, la actualización de deudas y la modalidad de pago de sentencias judiciales.
Cómo afectará la reforma laboral a las empleadas domésticas: punto por punto
1.Período de prueba de seis meses
Uno de los puntos centrales es la extensión del período de prueba a seis meses en los contratos por tiempo indeterminado.Durante ese plazo, el empleador podrá finalizar la relación laboral sin necesidad de expresar causa y sin pagar indemnización. La norma establece que no se podrá contratar a la misma persona más de una vez bajo esta modalidad, con el objetivo de evitar fraudes o abusos.
2.Exclusión del Fondo de Asistencia Laboral
El personal de casas particulares quedará excluido del Fondo de Asistencia Laboral, lo que implica que los empleadores no deberán aportar el 3% mensual previsto para otros sectores.Sin embargo, esto no elimina la responsabilidad de afrontar con recursos propios el pago total de las indemnizaciones una vez superado el período de prueba.
3.Nueva fórmula de actualización de deudas
La reforma establece un criterio uniforme para la actualización de créditos laborales. En caso de juicios o deudas, los montos se ajustarán según el artículo 276 de la LCT: variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) más una tasa adicional del 3% anual.
4. Pago de sentencias en cuotas
Dado que en este régimen la mayoría de los empleadores son personas humanas, la reforma habilita a los jueces a autorizar el pago de sentencias en hasta 12 cuotas mensuales consecutivas. Cada cuota se actualizará bajo el mismo esquema: IPC más 3% anual.
5. Tope a costas y honorarios judiciales
Otro cambio relevante es el límite a los gastos del proceso judicial.Las costas y honorarios profesionales no podrán superar el 25% del monto total de la sentencia, una medida que apunta a evitar que los costos judiciales superen lo que finalmente percibe la trabajadora.
6. Recibos electrónicos y digitalización
La reforma impulsa la digitalización del régimen. El recibo de sueldo deberá emitirse en formato electrónico a través del sistema de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.Además, la constancia bancaria será considerada prueba suficiente de pago, reduciendo conflictos por acreditación de haberes.
7. Vestimenta y herramientas de trabajo
Se mantiene la obligación del empleador de proveer ropa y elementos de trabajo. No obstante, se incorpora la posibilidad de cumplir con esta exigencia mediante el pago de una suma no remunerativa para que la trabajadora adquiera su propio equipamiento.
8. Indemnización como única reparación
La reforma establece que la indemnización prevista en la ley laboral será la única reparación procedente ante un despido. Se elimina la posibilidad de reclamar daños y perjuicios adicionales con base en el Código Civil y Comercial.Además, si la trabajadora es recontratada por el mismo empleador, las indemnizaciones abonadas previamente podrán deducirse del nuevo cálculo, actualizadas únicamente por IPC.