GANANCIAS

Cuánto ganan los que deben pagar el Impuesto a las Ganancias

El Gobierno definió quiénes pagan. El pago del Impuesto a las Ganancias comenzará con los sueldos de julio. Conocé los detalles

El Gobierno reglamentó este lunes la reforma del Impuesto a las Ganancias establecida en la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes. Los trabajadores con sueldos brutos de 1,8 millones de pesos (solteros) y 2,2 millones de pesos (casados) comenzarán a pagar este tributo con los sueldos de julio, que se cobrarán en agosto.

A través del decreto 652, el Poder Ejecutivo oficializó los cambios en el Impuesto a las Ganancias para que se apliquen a partir de este mes. Se estima que unos 800 mil empleados adicionales, que hasta ahora estaban exentos, empezarán a pagar este impuesto. Hasta el momento, solo las personas con ingresos superiores a 15 sueldos mínimos, que en julio se ubicarían en 3,5 millones de pesos, estaban afectadas.

 

La resolución fue firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos, y el ministro de Economía Luis Caputo. La reposición de la cuarta categoría representa un 0,4% del Producto Bruto Interno y permitirá al Gobierno mantener el déficit fiscal, mientras que los gobernadores recibirán más fondos que habían perdido tras los cambios en Ganancias aprobados en 2023, impulsados por el entonces candidato presidencial de Unión por la Patria, Sergio Massa.

Uno de los puntos más controvertidos de la ley es que ahora se incluirán en el cálculo del gravamen las horas extras, viáticos y similares, y ya no habrá una alícuota diferencial para los trabajadores de la Patagonia, como existía en la ley vigente durante el gobierno de Alberto Fernández.

Impuesto a las Ganancias: quiénes pagan

Los trabajadores solteros que cobren 1,8 millones de pesos brutos (1,5 millones de pesos netos) comenzarán a pagar una alícuota del 5% sobre el excedente, que representa 3000 pesos. Para aquellos que ganen 2,5 millones de pesos brutos, la alícuota se eleva a 100 mil pesos. Los que perciban salarios brutos de 4,9 millones de pesos pagarán la alícuota máxima del 35%.

En el caso de los trabajadores casados, pagarán el tributo aquellos que ganen más de 2,2 millones de pesos brutos (1,9 millones de pesos netos), con alícuotas progresivas que van desde el 5% hasta llegar al 35% para quienes cobren 5,5 millones de pesos.

La actualización del mínimo no imponible se realizará este año en septiembre, y a partir de 2025, se hará en enero y julio de cada año, calculándose en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Indec.

El decreto establece que "el artículo 74 de la Ley N° 27.743 instituye un ajuste excepcional en el mes de septiembre del corriente año, basado en la variación del índice señalado en el considerando precedente, correspondiente a los meses de junio a agosto de 2024, inclusive."

La actualización que se aplicará en enero de 2025 se realizará tomando en consideración la variación del índice del IPC correspondiente a los meses de septiembre a diciembre de 2024, inclusive.

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