DIVISAS

Dólar y cepo: que es el impuesto PAIS y en qué casos se aplica

El Gobierno decidió la reducción de uno de los impuestos que afecta a la compra de dólares

 

El Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) es un tributo que el gobierno argentino estableció con el objetivo de gravar ciertas operaciones en moneda extranjera. Se implementó como una medida para desalentar la salida de dólares del país y fomentar el consumo interno.

El impuesto PAIS afecta a diversas operaciones, entre las cuales se encuentran:

Compra de dólares para atesoramiento: Cuando una persona compra dólares estadounidenses con pesos argentinos para guardarlos, debe pagar este impuesto.

  • Compras con tarjeta de crédito o débito en el exterior: Los gastos realizados con tarjetas en el exterior, ya sea para adquirir bienes o servicios, también están gravados con el impuesto PAIS.
  • Adquisición de pasajes aéreos y paquetes turísticos al exterior: La compra de pasajes aéreos y la contratación de paquetes turísticos con destino a otros países están sujetas al pago de este impuesto.
  • Importaciones: La importación de bienes también está alcanzada por el impuesto PAIS.
  •  
¿Cuál es el objetivo del impuesto PAIS?

El impuesto PAIS fue establecido para disminuir la demanda de dólares ya que al encarecer la adquisición de dólares, se busca reducir la presión sobre las reservas internacionales del Banco Central.

También la intención es fomentar el consumo interno ya que al encarecer las compras en el exterior, se incentiva a los consumidores a adquirir bienes y servicios producidos en Argentina.

También provoca un incremento en la recaudación del país, y de hecho, este año, con la caída del consumo, fue una de las principales fuentes de ingreso de la AFIP.

 

¿Cómo se calcula el impuesto PAIS?

La alícuota del impuesto PAIS puede variar según el tipo de operación y puede ser modificada por el gobierno. Generalmente, se expresa como un porcentaje adicional al valor de la operación.

  • 30% sobre todas las operaciones alcanzadas, siempre que no se encuentren gravadas a una alícuota menor según se detalla seguidamente. Queda gravada a esta alícuota la importación de bienes suntuarios
  • 25% sobre la adquisición en el exterior o en país (prestados por no residentes) de servicios
  • 8% Sobre los servicios digitales.
  • 17,5% sobre la importación de productos y servicios de fletes y transportes para importación y exportación de bienes
Esta nota habla de: