Acuerdo comercial

AmCham señala que habrá un "recargo temporal del 10%" en algunos rubros

La cámara que nuclea a empresas estadounidenses en Argentina señaló que la decisión de la Corte Suprema no frena el acuerdo bilateral, pero introduce un esquema transitorio de aranceles

El  fallo de la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos vinculado a la aplicación de aranceles no tendría, en principio, incidencia directa sobre el acuerdo bilateral recientemente firmado entre Argentina y Estados Unidos,aunque habrá algún impacto. 

Así lo señaló AmCham, al aclarar que el entendimiento comercial incluye compromisos que trascienden la cuestión estrictamente arancelaria.

El acuerdo, que aún se encuentra pendiente de aprobación legislativa en Argentina y de notificación institucional ante el Congreso estadounidense, podría requerir ajustes adicionales, aunque sus lineamientos centrales permanecen vigentes.

Dos tratamientos para las importaciones desde Argentina

De acuerdo con el análisis de AmCham, el impacto comercial del fallo deriva en la coexistencia de dos esquemas para las exportaciones argentinas hacia el mercado estadounidense.

Por un lado, el acuerdo bilateral prevé la eliminación de aranceles recíprocos sobre 1.675 productos, junto con el otorgamiento del trato arancelario de Nación Más Favorecida (NMF). A este esquema se suma la ampliación sustancial del cupo de importación de carne bovina argentina, un punto considerado estratégico para el comercio bilateral.

Por otro lado, los productos que no estén comprendidos dentro del acuerdo enfrentarán un recargo temporal del 10%, aplicado bajo la Sección 122 de la legislación estadounidense. 

Este adicional se sumará a los aranceles vigentes previos al 2 de abril y entrará en vigor a partir de este martes  24 de febrero. La normativa establece que este instrumento tiene carácter transitorio, con una duración máxima de 150 días, salvo que el Congreso disponga una extensión.

Excepciones y alcance limitado

El recargo "contempla múltiples excepciones, entre las que se incluyen la energía, determinados productos agrícolas, farmacéuticos, minerales críticos, bienes aeroespaciales y otros sectores considerados estratégicos", indicó AmCham. 

Además, el alcance se ve atenuado por la exclusión de los bienes alcanzados por la Sección 232, lo que reduce el impacto generalizado sobre el flujo comercial.

En cuanto a eventuales reembolsos derivados del fallo judicial, AmCham precisó que su determinación quedará en manos de tribunales inferiores y que, en principio, solo aplicaría a los demandantes involucrados que hayan solicitado expresamente dicha devolución.

Un escenario a monitorear

Desde la entidad empresaria advirtieron que "se trata de un escenario dinámico, que requiere seguimiento cercano, especialmente mientras el acuerdo bilateral no entre plenamente en vigor y ante la posibilidad de nuevos ajustes regulatorios" por parte de la administración estadounidense.

En ese contexto, AmCham reafirmó la importancia de brindar previsibilidad al comercio y de consolidar marcos institucionales estables que contribuyan a fortalecer la integración económica entre Argentina y Estados Unidos.

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