Prorrogan por dos años arancel antidumping de ruedas de acero provenientes de China
Días después de la decisión de no hacer lugar al reclamo de Aluar por la importación de láminas de aluminio, Economía decidió extender la protección
El Ministerio de Economía extendió por dos años el arancel específico o ad valorem aplicado a la importación de ruedas de acero provenientes de China, en atención al reclamo de una empresa autopartista que consideró que ingresaban al país en condiciones de competencia desleal por precios debajo del costo real o dumping.
La medida se tomó a través de la resolución 241/2026, publicada hoy en el Boletín Oficial, y cobra una importancia adicional en medio del reclamo formulado el martes por la Unión Industrial Argentina (UIA), que se refirió a la "situación crítica" de las pymes manufactureras.
Asimismo, se da a conocer luego de la resolución 172 del 20 de febrero, en la que no se hizo lugar al reclamo de Aluar por la importación de láminas ultrafinas o foil de aluminio, también provenientes del gigante asiático.
Cinco años de reclamos
El Palacio de Hacienda procedió al "cierre del examen por expiración del plazo de la medida antidumping" que se había dispuesto en las últimas horas de la Presidencia de Mauricio Macri, el 6 de diciembre de 2019, mediante la resolución 1444, pero extendió la vigencia de esa medida "por el término de dos años", según se indicó en el artículo primero.
La resolución de 2019 fijó un derecho antidumping ad valorem definitivo calculado sobre los valores FOB de exportación de 41,78% a las importaciones de "ruedas de acero, de diámetro nominal superior o igual a 444,5 mm (17,5"), pero inferior o igual a 622,33 mm (24,5") y ancho nominal superior o igual a 152,4 mm (6"), originarias de China.
Esas ruedas son utilizadas en autobuses, camiones, remolques y semi-remolques y el plazo original de la norma fue de cinco años.
En 2024, ante la expiración de plazo, la distribuidora autopartista Comersur solicitó la apertura de examen, que Economía formalizó el 8 de noviembre de ese año por medio de la resolución 1178.
"Probabilidad de recurrencia"
El 26 de mayo de 2025, la Subsecretaría de Comercio Exterior elaboró el informe correspondiente, que concluyó que "existiría la probabilidad de recurrencia" del dumping "en caso que la medida fuera levantada".
Asimismo, se procedió a realizar la comparación entre el valor normal determinado y el precio promedio FOB de exportación hacia un tercer mercado seleccionado (en este caso Perú), a los fines de determinar la posible recurrencia de prácticas de dumping, determinándose un margen de recurrencia del 29,83%.
La Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE) determinó el 26 de enero de este año que resultaría probable que el reingreso de las ruedas de acero objeto de la controversia se hiciera "en condiciones tales que podrían ocasionar la repetición del daño a la rama de producción nacional".
Consolidar la recuperación
También sostuvo que la medida antidumping de 2019 "permitió al sector productivo nacional de ruedas de acero alcanzar cierto grado de recuperación del daño".
Por tal razón, recomendó "el mantenimiento de la vigencia de la medida antidumping bajo análisis por un período adicional de dos años", por entender que de esa forma se "permitiría consolidar dicha recuperación, sin generar efectos distorsivos en el mercado".
- Com.Ven.Var. %

