Programa de asistencia

Repro II: nuevos criterios del Ministerio de Trabajo

El Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro II fijó nuevos requisitos para que las empresas accedan al programa. En qué consisten los nuevos criterios

Para mitigar el impacto de las restricciones que rigen en esta de la segunda ola de Covid-19, el Ministerio de Trabajo oficializó hoy una serie de nuevos requisitos para que las empresas puedan acceder al Programa de Recuperación Productiva II (Repro II).

A través de la Resolución 245/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, se determinó que para acceder a la ayuda económica, los empleadores deberán cumplir con las condiciones de acuerdo con el sector que estén encuadrados y de acuerdo con los parámetros fijados para cada uno.

La Resolución  enmarca en tres sectores, a todos aquellos que pueden acceder al programa: críticos, no críticos y salud.

 

Sector crítico, no crítico y de salud

Para el sector crítico, se tomará la facturación registrada en abril de 2019 y el mismo mes de este año.

La diferencia deberá ser como mínimo una caída de 20% en términos reales y un aumento como máximo del 69% en términos nominales.

En tanto que para el no crítico, se utilizarán los mismos parámetros de facturación a los sectores críticos, con la salvedad de que la comparación será de marzo de 2019 y el mismo mes de este año.

Por su parte, para el sector de la salud, se utilizará el mismo período de comparación que el no crítico, aunque con la diferencia de que la facturación debe dar como mínimo una variación de 0% en términos reales, y como máximo un aumento de 112% en términos nominales.

Qué es el Repro II

El Repro II es un programa nacional que consiste en la ayuda a las empresas en el pago de una suma mensual por cada relación laboral existente, incluyendo a los trabajadores con contratos de temporada.

El monto se acreditará directamente en la CBU de cada uno de los empleados registrados.

Cómo inscribirse al Repro II

Las empresas y empleadores que quieran solicitar el beneficio deben:

  • Ingresar al sitio web de Afip con clave fiscal: https://www.afip.gob.ar/
  • Entrar al servicio Repro II
  • Confirmar los datos de la facturación interanual y descargar la nómina con los trabajadores que podrán ser beneficiados.
  • Se le redigirá al sitio web del Ministerio de Trabajo. Completar los datos que solicita
  • Se generará un comprobante de inscripción con el número de trámite, que será enviado por ventanilla electrónica de Afip.
  •  El Ministerio de Trabajo notificará las novedades respecto a la incorporación al Programa a través de la ventanilla electrónica del sitio web de la Afip. Si la solicitud es rechazada, se le informará al empleador el código del motivo del rechazo.
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