CAUSA VIALIDAD

Por qué Cristina Kirchner deberá usar tobillera electrónica

La expresidenta cumplirá su condena en su departamento de Constitución, bajo monitoreo digital. El tribunal fijó condiciones estrictas y rechazó los pedidos de su defensa

Cristina Fernández de Kirchner deberá utilizar una tobillera electrónica mientras cumpla prisión domiciliaria en su vivienda de la calle San José 1111, en el barrio porteño de Constitución. La decisión fue tomada por el Tribunal Oral Federal N.º 2, que además estableció un conjunto de condiciones precisas para el cumplimiento de la pena.

Qué pidió la defensa de Cristina Kirchner

La defensa había intentado evitar el uso del dispositivo electrónico, aludiendo a la custodia permanente de la Policía Federal y a la inexistencia de riesgos procesales. Sin embargo, el tribunal desestimó esos planteos y afirmó que la colocación de la tobillera “no está sujeta a la existencia de riesgos” y que su uso responde a lo que la ley establece como regla general. También aclaró que la custodia tiene una función de protección, no de control judicial.

Cómo será el monitoreo electrónico

La medida incluye el monitoreo a cargo de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, que deberá enviar informes cada tres meses. La evaluación periódica permitirá determinar el nivel de acatamiento a las reglas impuestas, entre ellas: permanecer en el domicilio sin salir salvo por causas justificadas, no alterar la tranquilidad del entorno y presentar un listado de personas autorizadas a ingresar.

Por qué se le concedió la prisión domiciliaria

Además del dispositivo de control, el tribunal ordenó que Cristina Kirchner cumpla la condena en ese domicilio tras considerar dos factores centrales. Por un lado, su edad: con 72 años, supera el umbral previsto por el artículo 10 del Código Penal y la ley 24.660 para acceder a la prisión domiciliaria. Por otro, el intento de magnicidio que sufrió en 2022, que planteó un escenario de riesgo agravado en caso de ser alojada en un penal común.

Qué argumentos rechazó el tribunal

“La alternativa de un aislamiento indefinido o prolongado no es compatible con los fines de la pena”, explicó el tribunal. Y agregó que el Estado “no puede exigir el cumplimiento carcelario si eso implica exponer al interno a situaciones de violencia intrapenitenciaria”.

En su resolución, el TOF 2 también rechazó otros argumentos de la defensa. Consideró improcedente invocar su condición de ex presidenta como justificación para eludir el régimen penitenciario, y calificó como “inconsistente” la supuesta relación entre un imputado por el atentado y el Ministerio de Seguridad.

Cómo seguirá el cumplimiento de la condena

Con esta resolución, la ex jefa de Estado no deberá presentarse ante el tribunal y cumplirá la condena bajo vigilancia electrónica, con fiscalización estatal y bajo un régimen de visitas limitado. La Justicia dejó sin efecto la citación previa y activó el protocolo de ejecución de la pena en el domicilio establecido.

 

 

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