La CGT recusó a camaristas y busca anular el fallo que reactivó la reforma laboral
La central obrera cuestionó a dos jueces de la Cámara del Trabajo, pidió la nulidad de la sentencia que restituyó la ley y denunció falta de competencia e imparcialidad
La CGT avanzó este lunes con una ofensiva judicial para frenar el fallo que restituyó la vigencia de la reforma laboral. La central presentó un escrito ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en el que recusó a dos camaristas de la Sala VIII y solicitó la nulidad de la sentencia que reactivó 83 artículos de la Ley 27.802.
El planteo apunta contra los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes otorgaron efecto suspensivo al recurso del Gobierno y dejaron sin efecto la cautelar que había frenado la aplicación de la norma. Esa decisión modificó el escenario judicial y devolvió vigencia inmediata a la ley en medio del conflicto entre la CGT y la Casa Rosada.
Recusaciones y cuestionamientos
La presentación, firmada por el abogado Pablo Topet, combina dos líneas centrales. Por un lado, cuestiona la imparcialidad de los magistrados. Por otro, impugna la competencia de la Sala VIII para intervenir en el expediente.
En el caso de Pesino, la CGT sostuvo que existe un beneficio directo del Poder Ejecutivo. Señaló que el Gobierno inició el trámite para extender su permanencia en el cargo por cinco años, más allá del límite de edad, apenas un día después de la sentencia. El escrito afirma: "La inaceptable intervención del recusado en un expediente en el que podía favorecer la posición de la demandada (...) constituye una causa objetiva de apartamiento".
Sobre González, la central alegó prejuzgamiento. Indicó que la magistrada adelantó criterio al considerar que los trabajadores involucrados no se encontraban en situación de vulnerabilidad ni que sus derechos fueran de naturaleza alimentaria, lo que, según el planteo, anticipa una posición sobre el fondo del caso.
El eje de la nulidad
El pedido de nulidad se apoya en dos argumentos: la falta de competencia funcional y la afectación del derecho de defensa. La CGT sostuvo que la Sala I ya había intervenido en causas vinculadas y debía concentrar el trámite del expediente.
El escrito remarcó que la intervención de la Sala VIII se produjo con "insólita premura" y sin traslado previo, lo que impidió cuestionar a tiempo la competencia. En ese marco, afirmó: "No hay libertad ni discrecionalidad en la aplicación de la regla: es distributiva de competencia y vinculante para todas las Salas del Tribunal".
Además, la central citó antecedentes en los que el propio tribunal reconoció errores procesales similares y sostuvo que, ante la duda, debe priorizarse la protección del derecho de defensa y el debido proceso.
El impacto del fallo
La decisión de la Cámara dejó sin efecto la cautelar dictada por el juez Raúl Horacio Ojeda, que había suspendido parcialmente la reforma laboral. Ese freno alcanzaba aspectos como el cálculo de indemnizaciones, limitaciones al derecho de huelga, la implementación del Fondo de Asistencia Laboral y cambios en la organización del tiempo de trabajo.
Al otorgar efecto suspensivo a la apelación del Estado, los camaristas reactivaron la aplicación de esos puntos hasta que se dicte una resolución de fondo.
La CGT advirtió que esa situación "cercena derechos adquiridos de protección constitucional" y genera un daño inmediato sobre trabajadores y organizaciones sindicales.
Reposición y vía a la Corte
Como alternativa, la central interpuso un recurso de reposición "in extremis" contra la sentencia. Argumentó que el fallo "carece de todo fundamento" y que las vías ordinarias no resultan eficaces para corregir el error.
El escrito también dejó planteado el "caso federal" para acudir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La CGT sostuvo que existe una "grave lesión de derechos constitucionales", entre ellos la libertad sindical, la negociación colectiva y la protección frente al despido.
En el cierre, la organización pidió que el expediente pase a la Sala I, que se formalicen las recusaciones y que se garantice una resolución ajustada al debido proceso en la disputa por la reforma laboral.

