Atajo fallido

La Corte rechazó el per saltum y dejó al Gobierno sin vía directa por la reforma laboral

El máximo tribunal declaró inadmisible el recurso de la Procuración del Tesoro. El expediente ya pasó por la Cámara del Trabajo y debería ir al fuero contencioso.

La Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de per saltum presentado por el Gobierno nacional para que el máximo tribunal resolviera de manera directa la validez de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, sin esperar el trámite ordinario de las instancias inferiores. La decisión cerró una vía procesal que el Ejecutivo había elegido para acelerar una definición sobre una de sus reformas centrales.

Con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, la Corte declaró inadmisible el planteo de la Procuración del Tesoro. El tribunal sostuvo que no se observaban los requisitos previstos por el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para habilitar el salto de instancia.

Un rechazo con fundamento procesal

El máximo tribunal fue directo. "A juicio de esta Corte, no se observan los requisitos que, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, habilitan la procedencia de la vía cuya apertura se promueve mediante el recurso por salto de instancia. Por ello, se declara inadmisible el recurso interpuesto", señaló la resolución.

El per saltum permite omitir instancias intermedias cuando un expediente tramita bajo competencia federal y se acredita una situación de notoria gravedad institucional. Para la Corte, esas condiciones no estaban dadas en el caso promovido por el Estado nacional.

La decisión también quedó atravesada por el recorrido que tomó el expediente. El pedido del Gobierno perdió eficacia después de que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocara la decisión de primera instancia que había suspendido gran parte de la reforma y restituyera la vigencia plena de la ley. En ese escenario, ya no había un salto de instancia posible en los términos buscados por la Procuración.

La jugada del Gobierno

La Procuración del Tesoro había presentado el recurso extraordinario por salto de instancia el 16 de abril, luego de que el juez laboral Raúl Horacio Ojeda declarara la inconstitucionalidad de más de 80 artículos de la Ley 27.802 a partir de una presentación de la CGT.

La estrategia oficial apuntaba a que la Corte interviniera de inmediato y declarara los efectos suspensivos del recurso. El planteo buscaba, en la práctica, restaurar la plena vigencia de la reforma laboral mientras se discutía el fondo del expediente.

En el escrito, firmado por el procurador del Tesoro, Sebastián Amerio, y el subprocurador Santiago Castro Videla, los abogados del Estado sostuvieron que el recurso extraordinario por salto de instancia participa de los caracteres propios de una apelación y que, por eso, debía regir la regla general del efecto suspensivo.

"En virtud de dicha regla, no es posible sostener en modo alguno que la sentencia cautelar apelada se encuentre firme o consentida", planteó la Procuración. También pidió a la Corte que declarara "expresamente los efectos suspensivos" del recurso y dispusiera "la plena vigencia de la Ley N° 27.802".

La cautelar, la Cámara y el trámite ordinario

El conflicto había comenzado con la resolución del juez Ojeda, que hizo lugar al planteo de la CGT y suspendió los efectos de más de 80 artículos de la reforma laboral. En aquella decisión, el magistrado sostuvo que el peligro en la demora aparecía configurado "de modo superlativo" y que, si no se admitía la cautelar, una eventual sentencia favorable podía tornarse ineficaz o de imposible cumplimiento.

El Gobierno cuestionó con dureza esa intervención. En su presentación ante la Corte, la Procuración afirmó que la cautelar había sido dictada por un tribunal incompetente, por estar dirigida contra el Estado nacional, y defendió la prerrogativa estatal de litigar ante la jurisdicción federal.

Pero la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó el tablero al conceder la apelación del Gobierno contra la resolución de Ojeda. Con esa instancia ya abierta, el salto directo a la Corte perdió sustento procesal.

La Corte, finalmente, no ingresó en el fondo del conflicto. Rechazó la vía excepcional elegida por el Gobierno y dejó la pelea por la reforma laboral en el circuito ordinario de los tribunales inferiores.

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