Pulseada judicial

La Cámara ordenó enviar la causa de la CGT por la reforma laboral y dejó afuera al fuero del Trabajo

La Sala IV del fuero Contencioso Administrativo Federal intimó al juez laboral Raúl Horacio Ojeda a remitir el expediente en 24 horas, con habilitación de días inhábiles.

La disputa judicial por la reforma laboral sumó este lunes un nuevo capítulo clave y consolidó un giro determinante en el expediente: la exclusión definitiva de la Justicia del Trabajo de la causa impulsada por la CGT.

La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó al juez laboral Raúl Horacio Ojeda que remita el expediente en un plazo de 24 horas, con habilitación de días y horas inhábiles, y dejó asentado que el conflicto de competencia "se encuentra definitivamente resuelto".

La resolución no solo reafirma lo dispuesto el 28 de abril, cuando el tribunal determinó que el caso debía tramitar en el fuero contencioso administrativo federal, sino que además expone de manera directa el incumplimiento del magistrado laboral, que hasta el momento no había enviado las actuaciones.

En el texto del fallo, la Cámara indicó que interviene "en atención a lo informado por la jueza de grado en relación con el incumplimiento del juez del trabajo en torno a la decisión de este Tribunal, del 28/4/26", y sostuvo que, dado que el conflicto ya fue resuelto, correspondía ordenar la remisión inmediata del expediente.

En ese marco, dispuso: "requiérase a este último la remisión de la causa [...] en el plazo de 24 horas", con habilitación de días y horas inhábiles, una herramienta procesal excepcional utilizada para evitar demoras y asegurar el cumplimiento urgente de una orden judicial.

El mensaje fue contundente: por un lado, cerró cualquier margen de discusión sobre qué fuero debe intervenir; por el otro, marcó un límite institucional frente a la resistencia del juez laboral a acatar la decisión de la alzada.

El trasfondo: la estrategia del Gobierno y la Procuración del Tesoro

Detrás de este movimiento judicial aparece una estrategia impulsada por la Procuración del Tesoro de la Nación (PTN), el organismo encargado de la defensa jurídica del Estado. Bajo la conducción de Sebastián Amerio, la PTN tuvo un rol central en el planteo de inhibitoria que permitió trasladar el expediente al fuero contencioso administrativo federal.

El Gobierno -a través del Ministerio de Capital Humano y con patrocinio de la Procuración- había solicitado formalmente que se levantara la cautelar dictada por Ojeda, que suspendió más de 80 artículos de la reforma laboral. 

Ese pedido se presentó ya en el fuero contencioso administrativo, en línea con la intención oficial de discutir la constitucionalidad de la norma en un ámbito de competencia federal.

La Procuración también cuestionó el trámite seguido en la Justicia del Trabajo, al señalar presuntas vulneraciones al derecho de defensa del Estado. 

Entre los puntos objetados se incluyeron el rechazo de planteos de nulidad, la negativa a remitir el expediente pese a órdenes superiores y la exclusión del organismo del patrocinio en el proceso laboral.

El fallo del 28 de abril que cambió el eje del caso

La resolución actual se apoya en el pronunciamiento del 28 de abril, cuando la Cámara Contencioso Administrativo Federal determinó que la causa iniciada por la CGT debía tramitar en ese fuero y no en el laboral.

El tribunal entendió que el caso excedía el marco típico del derecho del trabajo, ya que involucra cuestiones federales como la validez de una ley sancionada por el Congreso y la actuación del Estado Nacional. Ese encuadre implicó desplazar a Ojeda, quien había hecho lugar a una cautelar que suspendió una parte sustancial de la reforma.

La Cámara también subrayó entonces que las normas sobre competencia judicial son de orden público y deben aplicarse de manera inmediata.

Raúl Ojeda, juez que impulsó la cautelar
Raúl Ojeda, juez que impulsó la cautelar

La resistencia del juez Ojeda y una orden inusual

Uno de los puntos más sensibles del nuevo pronunciamiento es que la Cámara dejó constancia de que Ojeda no había remitido las actuaciones pese a lo ordenado. Esa situación obligó a la Sala IV a emitir una orden directa con plazo perentorio y habilitación de días inhábiles.

En términos institucionales, se trata de una decisión poco habitual, que refleja la tensión generada por el conflicto de competencia y la necesidad del tribunal de asegurar el cumplimiento efectivo de sus resoluciones.

La cautelar de la CGT y el origen del conflicto

El conflicto se originó en la presentación de la CGT contra la reforma laboral. La central sindical cuestionó la constitucionalidad de la ley y obtuvo una medida cautelar favorable en la Justicia del Trabajo.

Ojeda suspendió más de 80 artículos de la norma, lo que representó uno de los primeros reveses judiciales para el Gobierno en este frente.

Tras ese fallo, la Casa Rosada avanzó con una ofensiva judicial para revertirlo, basada en dos ejes: la apelación de la cautelar y el planteo de inhibitoria para trasladar el caso fuera del fuero laboral.

Qué cambia a partir de ahora

La decisión de la Cámara tiene impacto inmediato: si Ojeda cumple con la orden, la causa quedará definitivamente radicada en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12, que deberá avanzar con el análisis de fondo sobre la constitucionalidad de la reforma.

El cambio de fuero no es menor: define el marco institucional desde el cual se evaluará la ley y condiciona la dinámica del proceso. Además, reduce el margen de maniobra de la CGT, que había conseguido su principal triunfo inicial en la Justicia del Trabajo.

Con este fallo, el Gobierno consolidó una posición procesal clave: la discusión ya no se dará en el fuero laboral, y el expediente continuará en el contencioso administrativo federal, donde se definirá el futuro judicial de uno de los ejes centrales de la reforma laboral.

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