Cronograma

Avanza el paro de controladores aéreos, ¿qué días habrá vuelos afectados?

El gremio de controladores aéreos activará medidas escalonadas desde este jueves. Se prevén demoras y cancelaciones en los vuelos

La Asociación Técnicos y Empleados de Protección y Seguridad a la Aeronavegación (ATEPSA) anunció un nuevo paro que se extenderá por cinco jornadas desde este jueves y afectará a los despegues en todos los aeropuertos del país.

La decisión, comunicada este sábado y definida como una "legítima acción sindical" por el gremio de controladores aéreos, responde a la falta de acuerdo en la negociación salarial con la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA), tras el vencimiento de la prórroga de la conciliación obligatoria.

Según detallaron, la protesta abarcará franjas horarias escalonadas y restringirá exclusivamente la autorización para el despegue de aeronaves, sin afectar vuelos ya en curso. 

Se prevén demoras y reprogramaciones, con excepción de las aeronaves en emergencia, sanitarias, humanitarias, de Estado o de búsqueda y salvamento.

El paro de los controladores aéreos se suma a otras jornadas de lucha de gremios. El FreSu, integrado por la UOM, Aceiteros y ATE, llamó a parar este viernes 27 de febrero en rechazo a la reforma laboral que impulsa el gobierno de Javier Milei. En paralelo, sindicatos docentes también cesarán sus tareas para reclamar en contra del proyecto que se debate en el Senado y por una recomposición salarial.

Cronograma del paro de controladores aéreos

  •  Jueves 26: de 15 a 18, afecta a toda la aviación.
  • Viernes 27: de 19 a 22, también para toda la aviación.
  • Sábado 28: de 13 a 16, impacta en la "aviación general y no regular".
  • Domingo 1: de 9 a 12, alcanza a la aviación comercial regular con destino nacional.
  • Lunes 2: de 5 a 8, nuevamente afecta a toda la aviación.

La modalidad varía según el tipo de vuelo alcanzado. Las jornadas que comprenden a "toda la aviación" incluyen despegues de todos los aeropuertos y categorías. En cambio, las medidas sobre "aviación general y no regular" abarcan exclusivamente vuelos privados, taxis aéreos y no comerciales, sin importar el destino. Por último, la restricción a la "aviación comercial regular con destino nacional" impacta únicamente en vuelos regulares dentro del país.

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