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Quiénes pagan el Impuesto a las Ganancias en agosto de 2025

La actualización semestral del mínimo no imponible eleva los ingresos desde los que se retendrá Ganancias. Cuáles son los valores para cada situación familiar.

Desde agosto de 2025 rigen nuevos valores mínimos para el pago del Impuesto a las Ganancias, tras la actualización semestral prevista en la normativa vigente. El ajuste toma como referencia la inflación acumulada hasta junio, que alcanzó el 15,10%, y define los sueldos brutos y netos a partir de los cuales los trabajadores comienzan a tributar.

Para trabajadores solteros, el ingreso mínimo mensual sin retenciones es de $2.329.750 brutos o $1.933.690 de bolsillo. En el caso de casados con dos hijos, el piso se eleva a $3.089.610 brutos o $2.564.380 netos.

Pisos salariales de Ganancias en agosto 2025 según carga de familia

Los nuevos límites a partir de los cuales se aplicará la retención del impuesto en las liquidaciones mensuales de agosto son:

  • Solteros: $2.329.750 brutos / $1.933.690 netos.
  • Solteros con 1 hijo: $2.520.530 brutos / $2.092.040 netos.
  • Solteros con 2 hijos: $2.711.310 brutos / $2.250.380 netos.
  • Casados sin hijos: $2.708.050 brutos / $2.247.680 netos.
  • Casados con 1 hijo: $2.898.830 brutos / $2.406.030 netos.
  • Casados con 2 hijos: $3.089.610 brutos / $2.564.380 netos.

Estos cálculos incluyen el proporcional del aguinaldo y un promedio de retención del 17%, sin considerar otras deducciones particulares.

Impacto en el cierre anual y devoluciones posibles

La liquidación final del impuesto, que se realizará en abril de 2026, tomará en cuenta la actualización correspondiente a julio de 2025. Esto generará un mínimo no imponible diferente al vigente en agosto, ya que se acumularán los valores ajustados de todo el primer semestre.

Esta situación podría derivar en devoluciones de Ganancias para quienes, durante el año, hayan pagado de más debido a la variación del piso de tributación.

Pisos salariales estimados para el cierre de abril 2026

De acuerdo con las proyecciones, los valores desde los que se retendría Ganancias al momento de la liquidación anual serían:

  • Solteros: $2.624.920 brutos / $2.178.680 netos.
  • Solteros con 1 hijo: $2.839.870 brutos / $2.357.090 netos.
  • Solteros con 2 hijos: $3.054.820 brutos / $2.535.500 netos.
  • Casados sin hijos: $3.051.150 brutos / $2.532.450 netos.
  • Casados con 1 hijo: $3.266.100 brutos / $2.710.860 netos.
  • Casados con 2 hijos: $3.384.070 brutos / $2.889.270 netos.

Al igual que en el cálculo mensual, estos montos incluyen el proporcional del aguinaldo y no contemplan deducciones adicionales.

 

 

 

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