Se vienen dos findes largos seguidos: cuándo son y quiénes no trabajan
El calendario oficial combina feriados y días no laborables para armar dos pausas extendidas entre marzo y abril. Cuándo caen y cómo impactan en el trabajo
El calendario de feriados 2026 en Argentina presenta una particularidad poco habitual: la aparición de dos fines de semana largos consecutivos en un lapso de pocos días. Esta configuración genera expectativas tanto en el sector turístico como en trabajadores que buscan organizar descansos o escapadas.
La combinación de feriados nacionales y días no laborables con fines turísticos permite encadenar jornadas de inactividad que modifican la dinámica habitual en empresas, escuelas y organismos públicos.
Cuándo son los dos fines de semana largos de marzo y abril
El primero de los períodos extendidos se dará a fines de marzo. El martes 24 de marzo, feriado inamovible por el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, se combinará con el lunes 23, que fue declarado día no laborable.
De esta manera, se configura un descanso de cuatro días consecutivos, desde el sábado 21 hasta el martes 24, lo que abre la puerta a viajes y actividades recreativas en todo el país.
Pocos días después llegará el segundo tramo. El jueves 2 de abril, feriado por el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas, se sumará al Viernes Santo (3 de abril), ambos inamovibles. Así, se conforma otro fin de semana largo que se extiende hasta el domingo 5 de abril.
Qué pasa el lunes 23: quiénes trabajan y quiénes no
Una de las principales dudas gira en torno al lunes 23 de marzo, ya que no se trata de un feriado tradicional.
Al ser un día no laborable, el esquema varía según el sector:
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Sector público, escuelas y bancos: no habrá actividad
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Sector privado: cada empresa define si otorga el día libre
En estos casos, quienes trabajen esa jornada cobran el salario habitual, sin el recargo que sí corresponde en los feriados.
Diferencia clave entre feriado y día no laborable
El calendario distingue claramente entre ambos conceptos, lo que impacta en la organización laboral.
En los feriados nacionales, el descanso es obligatorio. Si un trabajador presta servicios, debe cobrar doble jornada, según la Ley de Contrato de Trabajo.
En cambio, en los días no laborables, la actividad queda sujeta a la decisión del empleador. No existe obligación de cerrar ni pago adicional en caso de trabajar.

