Debate pendiente

La deuda pública y el bien común

El endeudamiento de los últimos gobiernos, el acuerdo con el FMI y las dificultades para crecer vuelven a poner en discusión cómo debe afrontarse la deuda pública.

Durante una conferencia de prensa, en enero de 2016, el entonces ministro de economía de la Administración Cambiemos, Alfonso Prat Gay, reconoció: "que la baja relación Deuda/Producto Bruto Interno (PBI) era el único indicador favorable heredado".

Precisamente, esa "saneada" situación "les dejó el campo orégano" para justificar la masiva emisión de deuda, a lo largo de su mandato, bajo la concepción de que nuestro país tenía un amplio margen para financiarse.

Prueba de ello es la "Deuda Pública Bruta" que, en el orden nacional, en 2015 ascendió a USD 240.665 M (52.5% del PBI), en 2019 alcanzó los USD 335.582 M, equivalentes al 103 % del mencionado indicadori.

Como "lluvias y lodos"ii se correlacionan, viene al caso reseñar las dos etapasiii de aquel gobierno:

  • la del "exterminio" del mercado interno, tanto por el irreparable daño que produjo el duplicar el costo de la canasta alimentaria (por la reducción o eliminación de las retenciones y la súbita variación del tipo de cambio), como por la inconsistencia entre una política monetaria contractiva y un comportamiento fiscal expansivo, factores que se ocuparon de multiplicar los desequilibrios preexistentes;

y

  • la del arribo del "Séptimo de Caballería", ya que avizorando el "fin de ciclo" -a pesar de haber ganado las elecciones intermedias de Octubre ‘17- producido por la inconsistencia sistémica del modelo económico, el Poder Ejecutivo recurrió al Fondo Monetario Internacional (FMI), con un préstamo Stand By inicial de USD 44.000 M, que luego de su parcial dilapidación, auspiciada por el actual Ministro de Economíaiv, fue ampliado a USD 57.000 M.

Tamaños dislates en materia económica, pavimentaron el camino para que, en Diciembre ‘19, asumiera un gobierno de orientación "socialdemócrata" (el "Frente de Todos"), el que -a través de un ministro ad hoc: Martín Guzmán- refinanció las obligaciones del Tesoro Nacional.

Para ello, fraccionó la renegociación en dos:

  • por un lado, acordó con los tenedores de bonos del sector privado,

y

  • por el otro, con el Organismo Multilateral de Créditov.

Ambos procesos (conducidos por un equipo de inexpertos) fueron muy ruinosos para la economía nacional y determinaron el "tono" y posterior fracaso del experimento progresista.

Así, sin pena ni gloria, emergió un cisne negrovi: La Libertad Avanza (LLA) que, con una absoluta sinrazón y producto de su esquemita económico, está transformando la Supercrisisvii heredada en una Hipercrisisviii anómica.

En este marco, y entendiendo que la dirigencia reflexionará de manera mancomunada en torno a los presupuestos de un nuevo gobierno, corresponde sostener -con prístina claridad- que una gestión conducida hacia el Bien Común y, como consecuencia, a la Justicia Social, debe...

Oblar la Deuda

Un enfoque racional demanda analizar las condiciones generales y sus características particulares.

La continuidad jurídica del Estado (decisiones tomadas por distintos Poderes Ejecutivos y avaladas por sucesivos Congresos Nacionales) obliga a honrar los compromisos asumidos, a pesar de que existen motivos (como hemos repasado) para criticar la forma y el objetivo a través de los cuales esa deuda fue generándose.

Pero, al mismo tiempo, la deuda pública no puede constituirse en un escollo insalvable que impida la reindustrialización y la generación de trabajo en el país.

Esta necesidad de armonización exige un replanteo de todo lo que se ha venido realizando hasta el momento, que permita virar hacia un Modelo de Desarrollo Permanente y Sustentable (MoDePyS)ix con orientación a la producción.

En aras de este objetivo, es indispensable que los recursos destinados para tal fin provengan de las Rentas Extraordinariasx, que, en su inmensa extensión, la Patria cuenta:

  • la petrolera, a partir de que el precio al consumidor de la matriz energética, para el mercado interno, se encuentre determinado por su estructura de Costos Totales, más una Tasa de Ganancia, justa y razonable, para el Capital Total Empleado en los distintos eslabones participantes

y

  • la correspondiente a la Zona Núcleo de la Pampa Húmeda.

Con ese interés se promulgará una "Ley de Arrendamientos Rurales Compensada", que impactará solamente en ese espacio territorial.

Así, juntamente con el abaratamiento del gasoil (al implementar la metodología ut supra señalada), bajarán también los costos del alquiler de la tierra para el productor.

El terrateniente recibirá un Bono -emitido por el Estado Nacional, en moneda dura, con Tasa de Interés internacional, y comercializable en el Mercado Secundario-, que subsanará la diferencia entre lo percibido por los ingresos que se devengan de su propiedad, ex ante y ex post de la entrada en vigor de la norma.

La regencia de estos flujos será de carácter privado a través de un Fideicomiso de Administración.

Habiendo disminuido los Costos, se pueden incrementar los Derechos de Exportación al máximo que permita el "estado del arte".

Naturalmente, los productores que laboren por fuera de la zona en cuestión no verán mermado su ingreso.

Los recursos así obtenidos serán exclusivamente destinados a honrar los compromisos de la Deuda Bruta Exigiblexi.

Va de suyo que este esfuerzo patriótico puede ser extendido (con el consenso correspondiente) a otros sectores económicos.

A su vez, estas medidas acarrearán de inmediato algunas Externalidades Positivas: la disminución del precio de los alimentos, el incremento sustancial del Poder Adquisitivo de los Ingresos Populares (Sueldos, Salarios, Jubilaciones y Pensiones), del Consumo Privado, de la Producción-Inversión, del Empleo y finalmente de la Recaudación del Tesoro por la subsecuente Reactivación económica.

Todo ello con la tea votiva de la Justicia Social, razón de ser de todo buen gobierno.

Lic. Guillermo Moreno

Lic. Pablo Challú

Lic. Walter Romero

Agradecemos la colaboración de Roberto Nuesch

i Según diversos Informes de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía.

ii Adaptación libre del refrán "de aquellos polvos, estos lodos".

iii Para ampliar este tema, se recomienda la lectura de "Bitácora del Fracaso" (BAE Negocios 15-04-2019).

iv Es dable recordar que la directora gerente del FMI, Christine Lagarde, exigió el desplazamiento del actual ministro, como funcionario de aquel gobierno, para desembolsar la ampliación de USD 13.000 M del préstamo otorgado. Para mayor detalle se sugiere recurrir al artículo: "El domo del FMI" (BAE Negocios, 08-10-2018).

v Las características principales del Mutuo fueron: un compromiso de reducción del Déficit Fiscal Primario (DFP) y de su financiamiento por parte del Banco Central de la República Argentina (BCRA), a cero en cuatro años; Tasas de Interés positivas en términos reales; y una meta de acumulación de reservas, como mínimo, de aproximadamente USD 15.000 M en el próximo trienio.

vi La teoría del cisne negro se refiere a una metáfora desarrollada por el filósofo e investigador financiero Nassim Nicholas Taleb. Describe sucesos sorpresivos, impredecibles y de gran impacto.

vii Se define como Supercrisis a la situación generada por la Administración "Cambiemos", a partir de la convergencia de dos desajustes macroeconómicos: el fiscal, parecido al que provocara el colapso del gobierno del Dr. Raúl Alfonsín, y el externo, similar al del Dr. Fernando de la Rúa.

viii Se denomina Hipercrisis al estadio anómico posterior a la Supercrisis, provocado por la agravante ausencia de legítimos emergentes políticos, que funjan como garantes de la restitución del orden.

ix Para profundizar se puede consultar Modelo de Desarrollo Permanente y Sustentable -MoDePyS- (BAE Negocios 13-09-2021).

x Se llaman "Rentas Extraordinarias" a aquellos beneficios excedentes que se generan en el mercado, independientemente del trabajo humano y que se obtienen a partir de ejercer la exclusividad de explotación de algún recurso natural.

xi Se entiende por Deuda Bruta Exigible aquella expresada en moneda dura y cuyos tenedores no sean residentes de origen público o privado.

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