ARCA reglamentó la rebaja de contribuciones patronales: cuáles son las alícuotas
La medida complementa a lo establecido hace una semana mediante el decreto 315
La rebaja en las contribuciones patronales para los nuevos contratos laborales ya está en plena vigencia con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General 5844/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que establece las alícuotas correspondientes, así como los procedimientos de registración.
La medida pone en implementación el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), uno de los capítulos principales de la ley 27.802 de Modernización Laboral, que fuera recientemente reglamentada mediante el decreto 315/2026.
No obstante, en ese decreto se indicaba que para que la rebaja comenzara a ser efectivo aún faltaba la resolución general de ARCA con las correspondientes especificaciones para la liquidación de los sueldos.
Las alícuotas
La resolución de ARCA detalla la aplicación y distribuición de las alícuotas de los diferentes subsistemas de Seguridad Social, según lo especificado en un cuadro incorporado al artículo 3°:
Qué trabajadores comprende
La RG de ARCA es complementaria del decreto 315, con el que el gobierno busca propiciar la contratación, en el sector privado, de trabajadores que no hubieran contado con una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025.
El beneficio de la reducción de las alícuotas se extenderá por hasta 48 meses en las relaciones contractuales para cuatro casos específicos:
. Los trabajadores que no contaban con una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025.
. Aquellos que estuvieron desempleados los seis meses previos al alta laboral.
. Los que se desempeñaban dentro del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes o Monotributo que no hayan ejercido actividades en relación de dependencia en el sector privado en los últimos seis meses.
. Aquellos cuyo último empleo bajo dependencia fue en el sector público nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
Período de vigencia
El beneficio abarca a las relaciones laborales que se inicien y registren ante ARCA entre el 1° de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027 y no podrán superar el 80% del total de la nómina de trabajadores del empleador.
El propósito del Gobierno con esta medida es el de reducir el nivel de informalidad en las relaciones laborales, que de acuerdo con diferentes estimaciones abarca cerca del 50% del total, al punto que en los últimos años fueron las únicas que mostraron un incremento en la cantidad de trabajadores alcanzados.
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