Trámite fundamental

Monotributo: las 7 claves para entender la recategorización que habilitó ARCA

Con la actualización de los límites de facturación anual, los monotributistas del régimen simplificado deben cumplir con un trámite fundamental ante el organismo recaudador. Qué cambia y cuáles son los puntos a tener en cuenta

 La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó la primera recategorización del Monotributo de 2026, un trámite fundamental para quienes están inscriptos en el régimen simplificado. El proceso permite actualizar la categoría según los ingresos y otros parámetros declarados, y define el monto de la cuota mensual que se pagará durante el próximo semestre.

La recategorización se activó luego de que el organismo confirmara un aumento del 14,28% en los topes de facturación, las cuotas y los valores de referencia, en línea con la inflación acumulada en el segundo semestre de 2025. Los cambios impactan desde febrero.

A continuación, las siete claves para entender cómo funciona la recategorización y evitar errores.

1. ¿Quiénes deben hacer la recategorización?

No todos los monotributistas están obligados a realizar el trámite. Solo deben recategorizarse quienes, al analizar su situación, superan o quedan por debajo de los parámetros de su categoría actual. Si los ingresos y demás condiciones se mantienen dentro de los límites vigentes, no es necesario hacer ningún cambio.

2. Hasta cuándo hay tiempo para recategorizarse

Para esta primera recategorización de 2026, el plazo vence el 5 de febrero. Una vez superada esa fecha, ARCA puede avanzar con controles y eventuales recategorizaciones de oficio.

3. Cómo se realiza el trámite paso a paso

La recategorización se hace de forma digital a través del sitio oficial:

  • Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.

  • Seleccionar la opción "Recategorizarme".

  • El sistema muestra la categoría actual y los topes correspondientes.

  • Cargar la facturación de los últimos 12 meses y confirmar la nueva categoría.

  • Descargar o imprimir la credencial actualizada.

4. Qué pasa si no se hace la recategorización

Si el contribuyente debía bajar de categoría y no lo hace, no hay sanción. En cambio, si correspondía subir y no se realizó el trámite, ARCA puede aplicar multas de hasta el 50% del impuesto integrado y del aporte jubilatorio.

Además, el organismo cuenta con información de facturación y otros datos, por lo que puede efectuar una recategorización de oficio, que rige desde marzo e incluye variables como consumo eléctrico, superficie afectada o alquileres.

5. Qué ingresos se toman en cuenta

Para calcular la categoría correcta se consideran los ingresos devengados, no los efectivamente cobrados. Esto significa que cuenta el momento en que se prestó el servicio o se realizó la venta, aunque el cobro se haya producido después.

Por ejemplo, un servicio prestado en diciembre pero facturado en febrero debe computarse dentro del período de los 12 meses previos.

6. Cuáles son las nuevas cuotas del Monotributo

Con la actualización vigente desde febrero, las cuotas mensuales totales quedan de la siguiente manera:

  • Categoría A: $42.386,74

  • Categoría B: $48.250,78

  • Categoría C: $56.501,85 (servicios) / $55.227,06 (bienes)

  • Categoría D: $72.414,10 (servicios) / $70.661,26 (bienes)

  • Categoría E: $102.537,97 (servicios) / $92.658,35 (bienes)

  • Categoría F: $129.045,32 (servicios) / $111.198,27 (bienes)

  • Categoría G: $197.108,23 (servicios) / $135.918,34 (bienes)

  • Categoría H: $447.346,93 (servicios) / $272.063,40 (bienes)

  • Categoría I: $824.802,26 (servicios) / $406.512,05 (bienes)

  • Categoría J: $999.007,65 (servicios) / $497.059,41 (bienes)

  • Categoría K: $1.381.687,90 (servicios) / $600.879,51 (bienes)

7. Errores frecuentes que conviene evitar

Uno de los errores más comunes es anualizar ingresos sin corresponder, algo que solo se hace cuando ya pasaron al menos seis meses de actividad. Quienes se inscribieron recientemente no deben recategorizarse en esta etapa.

También es habitual confundir ingresos cobrados con devengados o no revisar parámetros adicionales a la facturación, lo que puede derivar en una categoría incorrecta y futuros ajustes por parte del organismo.

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