Impuesto a las Ganancias: comienza a regir la nueva Ley
La nueva Ley de Ganancias fue impulsada por Sergio Massa. Con la modificación, se eleva el piso mínimo a casi $2 millones
El Gobierno Nacional promulgó la Ley del Impuesto a las ganancias, sancionada el pasado 28 de septiembre. Con la nueva Ley se modifica el impuesto a las Ganancias y se eleva el piso del mínimo a casi $2 millones.
Impulsada por el ministro de Economía y candidato a presidente de Unión por la Patria (UxP), Sergio Massa, la modificación al Impuesto a las Ganancias empezó a regir oficialmente hoy con la publicación del decreto 508/2003 en el boletín oficial.
“Gracias por haber tomado la decisión de avanzar en una ley fundamental para empezar a enmendar los errores y las lastimaduras que tiene la economía", sostuvo Massa en el acto de celebración tras la sanción en el Senado.
Con el apoyo de la CGT y la CTA, Massa se dirigió a los trabajadores que celebraron la quita del impuesto a la cuarta categoría: "Sé que muchos de ustedes hace mucho tiempo pelan para terminar con la injusticia de que te cobren impuestos por trabajar", sostuvo.
En el boletín se detalló que "resultarán de aplicación a partir del año fiscal 2024 y siguientes, manteniéndose vigentes, en el año fiscal 2023, las disposiciones de la Ley de Impuestos a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones que resulten aplicables a ese período".
De esta forma, se modificó la denomina cuarta categoría de Ganancias, la cual dispone que ese impuesto sea abonado ahora solo por 80 mil contribuyentes con sueldo de “mayores ingresos”.
La Ley se aprobó en el Senado con el apoyo del oficialismo y del bloque Unidad Federal. El bloque de Juntos por el Cambio rechazó la modificación a Ley, ya que consideraron que se trata de una medida “electoralista”.
Con la modificación en la Ley, el impuesto se impone exclusivamente a los ingresos que superen el equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles, mensuales, actuando dicho importe con un mínimo no imponible.
Además, con la nueva normativa la actualización será de dos veces al año en enero y julio, con una alícuota progresiva sobre el excedente que puede ir de 27% a 35%..
Finalmente, el salario anual complementario, o aguinaldo, estará exento del pago del impuesto.

