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La Justicia reactivó 81 artículos de la Reforma Laboral, tras la cautelar de la CGT

Macarena Marra Giménez levantó la cautelar que suspendía puntos clave de la reforma laboral. El juzgado laboral interviniente había sido declarado incompetente

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 dejó sin efecto este jueves la medida cautelar que suspendía 81 artículos de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802

La jueza federal Macarena Marra Giménez resolvió que la suspensión no reunía los requisitos legales para mantenerse y que analizar la constitucionalidad de esa cantidad de artículos "excede el limitado ámbito de conocimiento preliminar propio de una cautelar".

La medida que quedó sin efecto había sido dictada el 30 de marzo por el Juzgado Nacional del Trabajo N°63, a pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT). Abarcaba artículos vinculados con:

  • Contratos individuales de trabajo.
  • Indemnizaciones por despido.
  • Licencias.
  • Vacaciones.
  • Negociación colectiva.
  • Derecho a huelga.
  • Representación sindical.

La causa llegó al fuero contencioso administrativo después de que la Sala IV de la Cámara resolviera el 28 de abril un conflicto de competencia: el juzgado laboral interviniente había sido declarado incompetente y las actuaciones se remitieron a la magistrada, quien debía expedirse de oficio sobre la vigencia de la cautelar.

Al analizar la medida, Marra Giménez señaló que las leyes sancionadas por el Congreso gozan de presunción de legitimidad y que una suspensión precautoria de ese alcance requiere una apreciación especialmente restrictiva. 

Descartó además el peligro en la demora. Dado que la causa tramita como proceso sumarísimo, con plazos acotados y la demanda ya contestada, la sentencia definitiva es razonablemente próxima.

La jueza también rechazó la recusación sin causa que la CGT había formulado el 15 de abril, por ser improcedente en los procesos sumarísimos según el Código Procesal.

Con la cautelar levantada, los 81 artículos cuestionados de la Ley de Modernización Laboral recuperaron vigencia. La disputa sobre su constitucionalidad seguirá en la sentencia de fondo, donde el tribunal deberá pronunciarse sobre cada uno de los puntos impugnados por la central obrera.

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