Inocencia Fiscal

Atención monotributistas: los nuevos requisitos de ARCA para acceder al régimen simplificado de Ganancias

ARCA aclaró que se puede ser monotributista e inscribirse en el Régimen de Ganancias Simplificada. Además, explicó los pasos a seguir para hacer el trámite

En el marco de una exposición ante la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó que los monotributistas podrán inscribirse en el Régimen Simplificado de Ganancias por utilidades, un esquema que funciona por fuera del Monotributo tradicional.

La medida se enmarca en la reglamentación de la llamada "Ley de Inocencia Fiscal", que apunta a modificar el paradigma de control tributario y otorgar mayor previsibilidad a los contribuyentes cumplidores.

Monotributo y Ganancias Simplificada: ¿son compatibles?

Uno de los puntos centrales aclarados por ARCA es que se puede mantener la condición de monotributista y, al mismo tiempo, adherir al Régimen Simplificado de Ganancias.

Se trata de un esquema opcional que permite liquidar el Impuesto a las Ganancias bajo una modalidad más ágil, con declaración jurada precargada y reglas de validación más claras.

Requisitos para adherir al régimen

Para ingresar al nuevo sistema, los contribuyentes deberán cumplir determinadas condiciones patrimoniales y de ingresos:

  • Ingresos totales de hasta $1.000 millones anuales.

  • Patrimonio total de hasta $10.000 millones.

  • No estar categorizado como Gran Contribuyente Nacional.

La verificación se realizará tomando en cuenta el período fiscal de adhesión y los dos anteriores, pero sin acumular los montos entre años, lo que evita distorsiones por sumatoria de ejercicios.

Declaración Jurada Simplificada y efecto liberatorio

ARCA pondrá a disposición una Declaración Jurada Simplificada precargada, que el contribuyente podrá revisar, modificar si corresponde y presentar.

Un aspecto clave es el llamado efecto liberatorio: si el contribuyente presenta la declaración y paga en término -o adhiere a un plan de facilidades dentro del vencimiento- quedará liberado respecto del Impuesto a las Ganancias del período fiscal base.

Esto implica mayor seguridad jurídica, ya que la información declarada se presume correcta salvo excepciones puntuales previstas en la normativa.

Bancarización y operaciones en efectivo

El régimen establece que las operaciones estarán correctamente canalizadas cuando los fondos ingresen al sistema financiero, ya sea en el origen o en el destino de la transacción.

Además, se ratifica que las compraventas de inmuebles podrán seguir realizándose en efectivo, conforme lo establecido por el Decreto N.º 22/2001, despejando dudas sobre posibles restricciones adicionales.

No se analizará el incremento patrimonial

Uno de los puntos más relevantes es que ARCA no evaluará el incremento patrimonial -incluidos depósitos bancarios- para verificar la permanencia en el régimen.

La aclaración busca evitar interpretaciones erróneas sobre controles automáticos vinculados al crecimiento de activos, lo que representa un cambio significativo respecto de criterios anteriores.

Presunción de exactitud y nuevo período fiscal base

El régimen incorpora una presunción de exactitud de las declaraciones juradas presentadas bajo esta modalidad.

Si el contribuyente cumple en tiempo y forma con la presentación y el pago del impuesto correspondiente al período fiscal base:

  • La información declarada se presume correcta.

  • ARCA solo podrá impugnarla en supuestos excepcionales, como discrepancias significativas debidamente verificadas.

Además, cada vez que el contribuyente ratifica su permanencia y presenta la declaración en término, ese ejercicio se convierte en un nuevo período fiscal base.

De este modo, los períodos anteriores quedan protegidos por la presunción de exactitud, salvo que exista una orden de intervención notificada previamente.

El esquema consolida un modelo de cumplimiento progresivo, orientado a reforzar la confianza entre la administración tributaria y los contribuyentes.

Rectificativas y reducción de multas

La reglamentación también introduce beneficios en materia sancionatoria:

  • La rectificación espontánea presentada antes de una orden de intervención no se considerará discrepancia significativa.

  • Se aplicará una reducción del 50% en las multas para quienes regularicen su situación dentro de los 45 días posteriores al vencimiento.

Esta nota habla de: