Ley de Inocencia Fiscal: ¿cuáles son los montos de las multas previstas por ARCA?
La norma introdujo un fuerte incremento en los montos de las multas por no cumplir deberes formales ante la administración tributaria.
La entrada en vigencia de la Ley de Inocencia Fiscal marcó un antes y un después en el régimen sancionatorio tributario en la Argentina. La norma, promulgada por el Poder Ejecutivo el primer día hábil de 2026, introdujo un fuerte incremento en los montos de las multas aplicables a quienes incumplan deberes formales ante la administración tributaria, como la omisión en la presentación de declaraciones juradas.
Según el nuevo marco normativo, algunas sanciones registran aumentos que llegan a ser hasta 1.100 veces superiores a los valores anteriores. Un cuadro comparativo deja en evidencia la magnitud del salto, que reconfigura por completo el mapa de riesgos fiscales para contribuyentes individuales y empresas.
Los nuevos montos de las multas: uno por uno
De acuerdo con la Ley 11.683 de Procedimientos Tributarios, actualizada por la Ley de Inocencia Fiscal, los valores quedaron establecidos de la siguiente manera:
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Omisión de presentación de declaraciones juradas (personas humanas):
Antes: $200
Ahora: $220.000 -
Omisión de presentación de declaraciones juradas (personas jurídicas):
Antes: $400
Ahora: $440.000 -
Omisión de declaraciones juradas informativas (personas humanas):
Antes: $5.000
Ahora: $5.000.000
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Omisión de declaraciones juradas informativas (personas jurídicas):
Antes: $10.000
Ahora: $10.000.000 -
Omisión de declaración informativa sobre transacciones con sujetos del exterior (personas humanas):
Antes: $10.000
Ahora: $11.000.000 -
Omisión de declaración informativa sobre transacciones con sujetos del exterior (personas jurídicas):
Antes: $20.000
Ahora: $22.000.000
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Incumplimientos generales de deberes formales:
Antes: entre $150 y $2.500
Ahora: entre $150.000 y $2.500.000 -
Incumplimientos agravados de deberes formales:
Antes: $45.000
Ahora: $35.000.000 -
Incumplimiento de requerimientos de ARCA:
Antes: entre $500 y $45.000
Ahora: entre $500.000 y $35.000.000 -
Valor mínimo de los bienes y servicios para la procedencia de la sanción de clausura:
Antes: $10
Ahora: $20.000
Críticas por falta de razonabilidad
Especialistas en derecho tributario consultados advirtieron que, si bien los valores anteriores habían quedado desactualizados por la inflación y habían perdido su efecto disuasorio, la magnitud de los incrementos genera serios cuestionamientos jurídicos.
- Com.Ven.Var. %

